Comisiones Especiales

Las Comisiones Especiales son creadas por el Pleno Legislativo, para investigar asuntos de interés y trascendencia nacional, cuya importancia repercute en la institucionalidad del país, tales como: seguridad nacional, orden económico, estado de derecho, y en la vida cotidiana de los ciudadanos.

La Constitución establece que todos los funcionarios y empleados públicos, incluyendo los de instituciones oficiales autónomas y los miembros de la Fuerza Armada, están en la obligación de colaborar con las Comisiones Especiales; su comparecencia y declaración así como las de cualquier otra persona, es obligatoria.

Luego de la investigación, la comisión debe rendir un informe ante el Pleno de la Asamblea, la cual está facultada para recomendar a la Presidencia de la República, la destitución de los Ministros de Estado, o a los organismos correspondientes, la de funcionarios de instituciones oficiales autónomas, cuando así lo estime conveniente y como resultado de la investigación.

La resolución de la Asamblea es vinculante cuando se refiera a los jefes de seguridad pública o de Inteligencia del Estado, por causa de graves violaciones de los Derechos Humanos; o sea es de obligatorio cumplimiento. No serán vinculantes para los tribunales, ni afectara los procedimientos o las resoluciones judiciales. 

 
 
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