Nosotros,
los Directores del Proyecto de la Red de Información Legislativa Mundial (de aquí en
adelante denominado GLIN), a fin de promover el ordenado desarrollo
de las leyes, al comprender la necesidad de contar con fácil
acceso a la legislación de otros países y al creer
que una base de datos actual sobre leyes nacionales compartida con
las naciones miembros servirá a este objetivo, por la presente
adoptamos los postulados básicos que guiarán nuestro
esfuerzo cooperativo. Capítulo 1: Definiciones y Propósitos
GLIN
es una base de datos no comercial creada a fin de permitir el
intercambio de material legislativo básico completo por
medio de Internet. GLIN también es el nombre utilizado
para designar a la sociedad que se ha creado a fin de hacer
posible la base de datos.
El
objetivo de GLIN es compartir los beneficios y responsabilidades
de reunir, procesar y recuperar el texto de la legislación
nacional en el idioma original y el inglés. Luego de que
estos textos se hayan reunido y procesado, los miembros son responsables
de la creación de un resumen de cada ley y/o reglamentación
seleccionada para ser incluida en la base de datos así como
de asignarle un encabezamiento según el tema a partir de
un vocabulario controlado aprobado por los miembros para su utilización
en relación con GLIN. Los miembros aportan datos a un archivo
electrónico central de textos legislativos. Capítulo
2: Miembros
Los
miembros fundadores de GLIN son aquellos países que
enviaron un representante a la reunión preliminar de organización
celebrada entre el 28 y 30 de noviembre de 1994 en la Biblioteca
Legislativa del Congreso: Argentina, Kuwait, Paraguay, Polonia
y Ucrania. Brasil, que también envió un representante
a dicha reunión y México, que no lo hizo, también
son miembros fundadores que han alcanzado una condición
especial en el proyecto en virtud de su papel como miembros piloto
en los primeros ensayos del GLIN.
Todas
aquellas naciones que deseen convertirse en miembros de GLIN son
bienvenidas.
No existen requisitos legales especiales
para que un país se convierta en miembro de GLIN, salvo
la voluntad sincera de participar de manera cabal y de contar con
el patrocinio de los respectivos gobiernos como representantes
oficiales. Esto es necesario para asegurar la autenticidad de las
fuentes así como también en acceso continuado a la
totalidad de los textos legislativos. Para iniciar su participación,
los miembros deben estar dispuestos a crear un Equipo del Proyecto
GLIN, a permitir la determinación de la factibilidad, y
a obtener financiación propia para el proyecto. Capítulo
3: Equipos de Proyecto
Cada
país miembro de GLIN está representado por
un Equipo del Proyecto compuesto por un Director del Proyecto,
un Abogado Analista y un Especialista en Información Técnica.
El
Director del Proyecto es responsable de la implementación
de políticas, pautas y procedimientos adoptados por los
miembros de GLIN. Cada Director del Proyecto tiene un voto y las
decisiones son adoptadas por los Directores de Proyectos.
El
Abogado Analista es responsable del análisis de las
disposiciones legislativas y reglamentarias, de la preparación
del resumen y de la asignación de los títulos según
el tema a partir de un vocabulario controlado.
El
Especialista en Información Técnica es responsable
de brindar apoyo técnico a fin de crear la base de datos
de resúmenes y textos completos a nivel nacional y de llevar
a cabo controles de calidad con respecto al contenido de la base
de datos.
El
Equipo del Proyecto es responsable de asegurar que su información
de nivel nacional sea analizada y agregada a la base de datos periódicamente.
Los
miembros del Equipo del Proyecto deben estar en condiciones de
comprender
y de comunicarse en inglés dado que entre
los miembros de GLIN el idioma utilizado es el inglés. La
capacitación y las reuniones periódicas celebradas
para los miembros exigen el uso y comprensión del idioma
inglés.
El
Abogado Analista y el Especialista en Información Técnica
del Equipo del Proyecto deben estar en condiciones de asistir a
cursos de capacitación intensivos en la Biblioteca Legislativa
de la Biblioteca del Congreso, y deben estar dispuestos a realizar
cursos complementarios de capacitación cuando fuere necesario.
Capítulo
4: GLIN Central
El
coordinador central del proyecto GLIN es el Equipo del Proyecto
de la Biblioteca
Legislativa de la Biblioteca del Congreso (de
aquí en adelante denominado GLIN Central). GLIN Central
ocupa esta posición en virtud de haber desarrollado el prototipo
y los procedimientos de GLIN durante un largo tiempo. GLIN comenzó en
la década del 50 como un catálogo de fichas de trabajo
interno sobre resúmenes legislativos clasificados por tema
que ayudaba a los especialistas legislativos integrantes del personal
a consultar leyes de treinta países. En 1976, la clasificación
se automatizó y la Biblioteca Legislativa continuó experimentando
distintas tecnologías a fin de encontrar el mejor modo de
combinar el Tesauro de GLIN y el texto completo de materiales legislativos.
GLIN
Central ha desarrollado un programa de capacitación
para los Equipos del Proyecto GLIN que se dicta en la Biblioteca
Legislativa de la Biblioteca del Congreso. En la actualidad, GLIN
Central absorbe los gastos derivados de proporcionar este programa
así como también los gastos por experimentar con
nuevas tecnologías a fin de que GLIN sea más eficiente
y eficaz para los miembros.
GLIN
Central también puede proporcionar sugerencias acerca
de posibles fuentes de financiación para miembros potenciales,
pero no puede proporcionar fondos para otro Equipo de Proyecto.
GLIN
Central almacenará de manera regular la información
central aportada por cada Equipo de Proyecto y continuará probando
nuevas tecnologías en la medida disponible con el propósito
de mejorar la base de datos GLIN. Capítulo
5: Acceso a GLIN
En
la actualidad, el acceso a todos los resúmenes/extractos
redactados por los analistas legislativos estará a disposición
de todos.
Capítulo
6: Acceso de Afiliados Especiales a GLIN
Las
organizaciones es de afiliados especiales que aportan fondos al
proyecto GLIN
en países extranjeros o que realizan otro
tipo de contribuciones a los fines del proyecto pueden tener acceso
a GLIN. Entre éstas se encuentran, en la actualidad: Banco
Interamericano de Desarrollo, NASA (Administración Nacional
de Aeronáutica y del Espacio) (Centro de Vuelos Espaciales
Goddard), y el Banco Mundial. Dichos afiliados pueden acceder a
GLIN para que el personal afiliado involucrado en proyectos brinde
asistencia a uno o más países miembros, o para que
lo haga en aquella forma limitada que se hubiere acordado; los
afiliados no se encuentran autorizados para redistribuir la información
a otros. Capítulo
7: Disposiciones Generales
El
presente constituye un acuerdo básico sujeto a correcciones,
reformas u otros cambios necesarios que los miembros puedan adoptar
por la simple mayoría de los votos o por consentimiento
unánime. Los representantes de los países se encuentran
facultados para expresar sus reservas ante políticas adoptadas
por la mayoría. |