Legislación de Igualdad de Género
EXONÉRASE AL VICEMINISTERIO DE DIÁSPORA Y MOVILIDAD HUMANA, DEL PAGO DE TODO TIPO DE IMPUESTOS, POR LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN DONATIVO DE 304 PARES DE ZAPATOS DEPORTIVOS NUEVOS PARA SER ENTREGADOS A NIÑOS Y NIÑAS DE LAS COMUNIDADES MÁS NECESITADAS.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA A LA LEY ESPECIAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2024, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, PARA INCORPORAR RECURSOS POR $25,000.00.
LEY DE SALARIOS, PARA EL EJERCICIO FINANCIERO FISCAL 2024.
LEY DE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FINANCIERO FISCAL DEL AÑO 2024.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS A LA FUNDACIÓN SALVADOREÑA DE LA TERCERA EDAD (FUSATE), A LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN VEHÍCULO Y LA RIFA DEL MISMO.
PRORRÓGASE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CAPÍTULO XVIII RELATIVO A TRIBUNAL SANCIONADOR, INFRACCIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO, CONTENIDA EN LA LEY ESPECIAL DE INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. D. L. NO. 672/20
REFÓRMASE LA LEY DE CREACIÓN DE LA AUTORIDAD DE PLANIFICACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE SAN SALVADOR.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS REFERENTES A LA OBTENCIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO EN LOS TRÁMITES DE EMISIÓN DEL DOCUMENTO ÚNICO DE IDENTIDAD POR PRIMERA VEZ, PARA AQUELLOS JÓVENES QUE CUMPLIRÁN LOS 18 AÑOS DE EDAD ENTRE EL 6 DE NOVIEMBRE DEL 2023 Y EL 3 DE FEBRERO DEL 2024.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS REFERENTES A LA OBTENCIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO EN LOS TRÁMITES DE EMISIÓN DEL DOCUMENTO ÚNICO DE IDENTIDAD POR PRIMERA VEZ.
EXONÉRASE A LA FUNDACIÓN SALVADOREÑA EDUCACIÓN Y TRABAJO “EDYTRA”, DEL PAGO DE TODO TIPO DE IMPUESTOS, QUE PUEDA CAUSAR LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE INSTRUMENTOS MUSICALES QUE BENEFICIARÁN A ALUMNOS DEL INSTITUTO TÉCNICO OBRERO EMPRESARIAL DON BOSCO.
REFÓRMASE LA LEY ESPECIAL INTEGRAL PARA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA LAS MUJERES.
REFÓRMASE EL CÓDIGO PROCESAL PENAL.
REFÓRMASE EL CÓDIGO DE TRABAJO, EN EL SENTIDO DE ADICIONAR UN ARTÍCULO 113-A.
REFÓRMASE LA LEY ESPECIAL PARA REGULAR LOS BENEFICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES DE LOS VETERANOS MILITARES DE LA FUERZA ARMADA Y EXCOMBATIENTES DEL FRENTE FARABUNDO MARTÍ PARA LA LIBERACIÓN NACIONAL QUE PARTICIPARON EN EL CONFLICTO ARMADO INTERNO DE EL SALVADOR.
LEY DE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FINANCIERO FISCAL DEL AÑO 2023.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, A EFECTO DE REFORZAR LAS ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LOS RAMOS DE HACIENDA Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA; ASÍ COMO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL PRESUPUESTO ESPECIAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE OBRAS MUNICIPALES (DOM), POR $865,005.00.
PRORRÓGASE AL 30 DE JUNIO DE 2023, LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CAPÍTULO XVIII RELATIVO AL TRIBUNAL SANCIONADOR, INFRACCIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO, CONTENIDO EN LA LEY ESPECIAL DE INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REFÓRMASE LA LEY PROCESAL DE FAMILIA.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, POR LA INCORPORACIÓN DE RECURSOS POR US$64,621,110.00
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN EL RAMO DE DESARROLLO LOCAL, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PARA INCORPORAR RECURSOS POR US$980,130.00
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN VEHÍCULO Y LA RIFA DEL MISMO, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN SALVADOREÑA DE LA TERCERA EDAD (FUSATE).
EXONÉRASE AL HOSPITAL NACIONAL "BENJAMIN BLOOM", DEL PAGO DE TODO TIPO DE IMPUESTOS Y COSTOS POR BODEGAJE.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA INCORPORAR $5,229,595.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN EL RAMO DE SALUD, PARA INCORPORAR $100,000.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN LA PARTE CORRESPONDIENTE A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, A EFECTO DE INCORPORAR LA CANTIDAD DE (US$25,145,000.00).
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, PARA LA INCORPORACIÓN DE RECURSOS POR US$1,215,630, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL RAMO DE RELACIONES EXTERIORES, PARA SER UTILIZADOS EN IMPLEMENTAR DIFERENTES ACTIVIDADES EN BENEFICIO DE LOS SALVADOREÑOS RETORNADOS Y SUS FAMILIAS.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN EL RAMO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, PARA INCORPORAR $25,000.000.00,.
CONCÉDASE PERMISO AL CIUDADANO SALVADOREÑO SEÑOR MILTON ALCIDES MAGAÑA HERRERA, QUIEN FUNGIÓ COMO EMBAJADOR DE EL SALVADOR EN LA REPÚBLICA DE COREA, PARA QUE RECIBA LA ORDEN DEL MÉRITO DEL SERVICIO DIPLOMÁTICO “MEDALLA GWANGHWA”, QUE LE HA CONFERIDO LA REPÚBLICA DE COREA.
REFÓRMASE LA LEY ESPECIAL PARA REGULAR LOS BENEFICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES DE LOS VETERANOS MILITARES DE LA FUERZA ARMADA Y EXCOMBATIENTES DEL FRENTE FARABUNDO MARTÍ PARA LA LIBERACIÓN NACIONAL QUE PARTICIPARON EN EL CONFLICTO ARMADO INTERNO DE EL SALVADOR DEL PRIMERO DE ENERO DE 1980 AL DIECISÉI
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN EL RAMO DE ECONOMÍA Y EL PRESUPUESTO ESPECIAL DE CONAMYPE, PARA LA INCORPORACIÓN DE RECURSOS DE DONACIONES POR US$14,790, PARA FINANCIAR EMPRENDIMIENTOS, SU FORMALIZACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA, EN JÓVENES Y MUJERES DE MUNICIPIOS PRIORIZADOS.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO 2022, EN EL RAMO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, PARA INCORPORAR $15,288,940,00,.
REFÓRMASE EL DECRETO LEGISLATIVO NO. 617/17 QUE CREA EL FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES PARA LA ATENCIÓN A LOS SALVADOREÑOS Y SALVADOREÑAS EN EL EXTERIOR Y PARA LAS PERSONAS RETORNADAS.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS A LA TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES Y A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS (IVA), A LAS ADQUISICIONES LOCALES O IMPORTACIONES DE COMPUTADORAS, TABLETS Y DEMÁS COMPONENTES QUE REALICE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LA INVERSIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS.
DISPOSICIONES PARA LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN DE UNA PORCIÓN DE TERRENO DEL INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, A FAVOR DE LA CRUZ VERDE SALVADOREÑA.
DISPOSICIONES ESPECIALES TRANSITORIAS PARA EL PROCESO DE ABSORCIÓN E INCORPORACIÓN DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INTEGRAL, EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN INICIAL Y PARVULARIA DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS QUE CAUSE LOS BIENES QUE SE IMPORTEN O INTERNEN AL PAÍS, ADQUIRIDOS CON RECURSOS PROCEDENTES DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO BCIE NO 2240, QUE SERÁN DESTINADOS PARA ATENDER PROGRAMA PLAN DE CONTROL TERRITORIAL.
DISPOSICIONES PARA LA AUTORIZACIÓN DE LA DONACIÓN DE INMUEBLES PROPIEDAD DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR A FAVOR DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA Y DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD.
APRUÉBASE EL ACUERDO FINANCIERO NO. F.ROT/AID 13/003/00, SUSCRITO CON CASSA DEPOSITI E PRESTITI S.P.A. HASTA POR CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL EUROS, RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA FINANCIAR EL “PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE JÓVENES EN RIESGO Y EN CONFLICTO CON LA LEY".
APRUÉBASE EL CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 2288, SUSCRITO POR EL VICEMINISTRO DE HACIENDA Y POR EL REPRESENTANTE DEL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), POR $214,700,000.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL RAMO DE SALUD, PARA INCORPORAR $22,500,000.00.
DISPOSICIONES PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA CREACIÓN DE LOS JUZGADOS SEGUNDOS DE FAMILIA CON SEDE EN LOS MUNICIPIOS DE AHUACHAPÁN, USULUTÁN Y LA UNIÓN.
REFÓRMESE LA LEY DEL PRESUPUESTO 2021, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, PARA INCORPORAR LA CANTIDAD DE $671,100.00.
EXONÉRASE DEL PAGO DE TODO TIPO DE IMPUESTOS QUE CAUSE LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN VEHÍCULO MARCA AUDI, AÑO 2021, Y LA RIFA DEL MISMO, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN SALVADOREÑA DE LA TERCERA EDAD (FUSATE).
REFÓRMASE LA LEY ESPECIAL PARA EL SUBSIDIO Y FINANCIAMIENTO A LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDA POR AYUDA MUTUA Y PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS INMUEBLES A FAVOR DE FONAVIPO Y POSTERIORMENTE SU TRANSFERENCIA A LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDA POR AYUDA MUTUA DEL CENTRO HISTÓRICO DE SAN SALVADOR.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD (INJUVE), PARA INCORPORAR $24,273.00
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE A DISTINTAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO, PARA INCORPORAR $136,000,000.00.
APRUÉBASE CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 2256, SUSCRITO CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), POR $200,000.000.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL RAMO DE SALUD, PARA INCORPORAR $287,730.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, PARA INCORPORAR $400,000.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR PARA INCORPORAR $1,559,488.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE A LA COMISIÓN NACIONAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA (CONAMYPE) INCORPORANDO $19,323.
OTÓRGASE A CADA UNO DE LOS CIUDADANOS INTEGRANTES DE LA SELECCIÓN NACIONAL DE FÚTBOL PLAYA Y SU CUERPO TÉCNICO, GRATIFICACIÓN PECUNIARIA POR PARTE DEL ESTADO, DE $6,000.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, PARA INCORPORAR $254,865.00
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL RAMO DE SALUD, PARA INCORPORAR $1,500.000.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD (INJUVE), PARA INCORPORAR $267,471.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, PARA INCORPORAR $1,116.119.00.
APRUÉBASE CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 5080/OC-ES, SUSCRITO CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, BID, POR $100,000.000.00.
CRÉASE EL FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA.
AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO, EN EL RAMO DE HACIENDA, SUSCRIBIR CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), POR $ 200,000,000.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL, PARA INCORPORAR $990,942.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR (FONAVIPO), PARA INCORPORAR $2,136,043.00.
REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD (INJUVE), PARA INCORPORAR $1,200,000.00.
REFÓRMASE EL D.L. NO. 608/2020.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS PARA EL CONCURSO ESPECIAL DE PLAZAS VACANTES DOCENTES POR LEY DE SALARIOS.
APRUÉBASE CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 9067-SV, SUSCRITO CON EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), POR $250,000,000.00.
APRUÉBASE CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 9065-SV, SUSCRITO CON EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), POR $250,000,000.00.
AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA, SUSCRIBIR CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), POR $ 250,000,000.00.
AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA, SUSCRIBIR CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), POR $250,000,000.00.
AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA, SUSCRIBIR CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), POR $100,000,000.00.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE MERCADERÍA PROCEDENTE DE ITALIA, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN BENÉFICA DE DAMAS ITALIANAS.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN LOTE DE MEDICAMENTOS, A FAVOR DEL PATRONATO DE DESARROLLO SOCIAL TECLEÑO PROGRESANDO EN FAMILIA.
CONCÉDESE PERMISO A LA CIUDADANA SALVADOREÑA, SEÑORA LETICIA ELIZABETH VELÁSQUEZ DUARTE DE SALUME, PARA DESEMPEÑAR EL CARGO DE CÓNSUL HONORARIO DE LA REPÚBLICA ESLOVADA EN EL SALVADOR.
EXÓNERASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN LOTE DE MEDICAMENTOS PROVENIENTES DE ESLOVENIA, A FAVOR DEL PATRONATO DE DESARROLLO SOCIAL TECLEÑO PROGRESANDO EN FAMILIA.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE MERCADERÍA, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN BENÉFICA DE DAMAS ITALIANAS.
AUTORÍZASE AL ESTADO DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE HACIENDA, TRANSFERIR EN CALIDAD DE DONACIÓN UN INMUEBLE DE NATURALEZA URBANA, SITUADO EN LA CIUDAD Y PUERTO DE LA LIBERTAD, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN DE HERMANAS FRANCISCANAS DE LA INMACULADA CONCEPCIÓN, PROVINCIA DE “EL DIVINO SALVADOR”.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LA CELEBRACIÓN DEL "27 ANIVERSARIO DEL MINISTERIO CATÓLICO KERYGMA", ASIMISMO EXONÉRASE DE DERECHOS MIGRATORIOS POR EL INGRESO Y SALIDA DEL PAÍS DE GLENDA VALESKA HERNÁNDEZ AGUAYO, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN KERYGMA.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN LOTE DE MEDICAMENTOS, A FAVOR DEL PATRONATO DE DESARROLLO SOCIAL TECLEÑO PROGRESANDO EN FAMILIA DE LA CIUDAD DE SANTA TECLA.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE DOS VEHÍCULOS Y SUS ACCESORIOS, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN EN PRO DEL ARTISTA ADULTO MAYOR DE EL SALVADOR (FEPAMAC).
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS QUE CAUSEN, LAS PRESENTACIONES EN EL PAÍS DEL EVENTO CULTURAL ESPECTACULARES HERMANOS FUENTES GASCA ON ICE SOBRE HIELO, DE LA REPÚBLICA DE MÉXICO, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN EN PRO DE LOS ARTISTAS ADULTOS MAYORES CIRCENSES (FEPAMAC).
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN DONATIVO DE EQUIPO MÉDICO, QUE SERÁ UTILIZADO EN EL TRATAMIENTO CON CRIOTERAPIA EN MUJERES CON EL VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO (VPH), A FAVOR DEL MINISTERIO DE SALUD.
REFÓRMASE EL D. L. 142/18.
CONCÉDASE PERMISO A LA SEÑORA ANA MARÍA DE LOURDES LIÉVANO DE SOL, PARA QUE PUEDA EJERCER EL CARGO DE CÓNSUL GENERAL HONORARIA DE BANGLADESH ANTE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LAS PRESENTACIONES EN EL PAÍS DEL “DO PORTUGAL CIRCUS DE LA REPÚBLICA DE MÉXICO”, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN EN PRO DE LOS ARTISTAS ADULTOS MAYORES CIRCENSES, FEPAMAC.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN DONATIVO DE 30 SET DE COLPOSCOPIOS MÓVILES, A FAVOR MINISTERIO DE SALUD.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA PRESENTACIÓN DEL GRUPO SIERVAS, Y DEL PAGO DE SERVICIOS, DERECHOS MIGRATORIOS Y CONSULARES POR EL INGRESO Y SALIDA DEL PAÍS A LOS MIEMBROS DE DICHO GRUPO, A FAVOR DE LA IGLESIA CATÓLICA, APOSTÓLICA Y ROMANA, ARQUIDIÓCESIS DE SAN SALVADOR.
REFÓRMASE EL D. L. NO. 48/2018, EN SU ART. 1,
DECLÁRASE TRES DÍAS DE DUELO NACIONAL, EN HONOR A TODAS LAS MUJERES QUE HAN SIDO VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA FEMINICIDA QUE MANTIENE EN ALERTA AL PAÍS.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE MERCADERÍA PROCEDENTE DE ITALIA, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN BENÉFICA DE DAMAS ITALIANAS.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LAS PRESENTACIONES DEL CIRCO DE LOS HERMANOS SEGOVIA DE GUATEMALA, EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 16 DE JULIO AL 20 DE AGOSTO DE 2018, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN EN PRO DEL ARTISTA ADULTO MAYOR DE EL SALVADOR (FEPAMAC).
REFÓRMESE EL DECRETO LEGISLATIVO N.° 907/18.
REFÓRMASE EL D. L. 880/2018.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LAS PRESENTACIONES DEL CIRCO RUSO SOBRE HIELO DE LOS HERMANOS FUENTES GASGA, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN EN PRO DEL ARTISTA ADULTO MAYOR CIRCENSES DE EL SALVADOR (FEPAMAC).
CONCÉDESE GRACIA DE INDULTO A FAVOR DE LA INTERNA LAURA ARACELY LÓPEZ CAÑADA, DE LA PENA IMPUESTA POR EL DELITO DE EXTORSION AGRAVADA
CONCÉDESE GRACIA DE INDULTO A FAVOR DE LA INTERNA ARCADIA ESCAMILLA CALDERÓN, DE LA PENA DE PRISIÓN POR LOS DELITOS DE ESTAFA Y ESTAFA AGRAVADA.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, DERECHOS MIGRATORIOS Y CONSULARES, POR EL INGRESO Y SALIDA DEL PAÍS A LOS MIEMBROS DEL GRUPO CORAL “LAS CORALINAS”, DE URUGUAY, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN PRO ARTE DE EL SALVADOR.
PRESUPUESTO ESPECIAL EXTRAORDINARIO PARA EL EVENTO ELECTORAL DEL AÑO 2018, POR $25,865,375.00.
CREACIÓN DEL FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES PARA LA ATENCIÓN DE LOS SALVADOREÑOS Y SALVADOREÑAS EN EL EXTERIOR Y PARA LAS PERSONAS RETORNADAS.
REFÓRMASE EL CÓDIGO ELECTORAL.
DERÓGASE EL D. L. 577-2013.
EXONÉRASE DEL PAGO DE SERVICIOS, DERECHOS MIGRATORIOS Y CONSULARES, POR EL INGRESO Y SALIDA DEL PAÍS DE LA DELEGACIÓN Y TRIPULACIÓN QUE ACOMPAÑARÁ A LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWAN), DRA. TSAI ING-WEN.
DECLÁRASE TRES DÍAS DE DUELO NACIONAL, POR EL FALLECIMIENTO DE LA DOCTORA MARÍA JULIA CASTILLO RODAS.
REFÓRMASE EL CÓDIGO MUNICIPAL.
REFÓRMASE EL CÓDIGO MUNICIPAL.
REFÓRMASE EL CÓDIGO MUNICIPAL.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE MERCADERÍA PROCEDENTE DE ITALIA, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN BENÉFICA DE DAMAS ITALIANAS.
CONCÉDASE PERMISO AL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, A LA VICEMINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA Y AL DR. RICARDO AUGUSTO LUNGO ESQUIVEL, PARA ACEPTAR CONDECORACIONES CONFERIDAS POR EL GOBIERNO DE ITALIA.
AUTORÍZASE AL CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (CONNA), ENTREGAR EN COMODATO AL RAMO DE EDUCACIÓN, POR UN PLAZO DE 99 AÑOS, UN INMUEBLE DE NATURALEZA URBANA, UBICADO EN EL BARRIO SAN JACINTO, PARA USO DEL CENTRO ESCOLAR “CASERÍO LA PEDRERA".
AUTORÍZASE AL RAMO DE HACIENDA, TRANSFERIR EN CALIDAD DE DONACIÓN IRREVOCABLE, UNA PORCIÓN DE TERRENO, LA CUAL FORMA PARTE DEL INMUEBLE CONOCIDO COMO "PLANTA ALMACENADORA DE GRANOS DEL EX-IRA", A FAVOR DEL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (ISNA).
AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO DE PRÉSTAMO, CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, POR $30,000,000.00.
AUTORÍZASE AL CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y DE LA ADOLESCENCIA (CONNA), PARA QUE ENTREGUE EN COMODATO, UN TERRENO A FAVOR DEL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, (ISNA).
REFÓRMASE EL D. L. N° 961/15.
DECLÁRASE TRES DÍAS DE DUELO NACIONAL, POR LA MUERTE DE DOÑA MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS.
CONCÉDASE PERMISO A LA SEÑORA MIRIAM EVELYN DEL ROSARIO DAMAS DE GRABS, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
CONCÉDESE PERMISO A LA EMBAJADORA DE EL SALVADOR EN SUECIA, ANITA CRISTINA ESCHER ECHEVERRÍA, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN DONATIVO POR PARTE DE LA EMPRESA QIAGEN (USA), QUE CONSTA DE MATERIAL, EQUIPO E INSUMOS PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE LESIONES PRECANCEROSAS Y CANCEROSAS DEL CUELLO DEL ÚTERO, A FAVOR DEL MINISTERIO DE SALUD.
DECLÁRANSE ELECTOS LOS DESIGNADOS A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PARA EL ACTUAL PERÍODO QUE CONCLUYE EL 1 DE JUNIO DE 2019.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE MERCADERÍA PROCEDENTE DE ITALIA, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN BENÉFICA DE DAMAS ITALIANAS.
EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE MERCADERÍA PROCEDENTE DE ITALIA, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN BENÉFICA DE DAMAS ITALIANAS.
CONCÉDASE PERMISO A LA SEÑORA IDALIA GERTRUDIS MENJÍVAR CAMPOS, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
CONCÉDASE GRACIA DE INDULTO A FAVOR DE LA INTERNA CARMEN GUADALUPE VÁSQUEZ ALDANA, DE LA PENA IMPUESTA POR DELITO DE HOMICIDIO AGRAVADO.
EXONÉRASE DEL PAGO DE LOS DERECHOS REGISTRALES QUE GENERE LA INSCRIPCIÓN DE LA TRANSFERENCIA, EN CALIDAD DE DONACIÓN, DE UN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA, (CEPA)L, A FAVOR DEL ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR, DESTINADO PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO "CIUDAD MUJER".
CONCÉDASE PERMISO A LA CIUDADANA RINA DEL SOCORRO ANGULO ROJAS, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
CONCÉDESE PERMISO A LA SEÑORA ILDIKO MARÍA JUHASZ VDA. DE TESAK, PARA ACEPTAR EL CARGO DE CÓNSUL HONORARIA DEL ESTADO DE ISRAEL EN EL SALVADOR.
CONCÉDESE PERMISO A LA SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, ANA MAGDALENA GRANADINO, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
CONCÉDASE PERMISO A LA CIUDADANA CLAUDIA BEATRÍZ UMAÑA ARAUJO, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
AUTORÍZASE A LA CORPORACIÓN SALVADOREÑA DE INVERSIONES, CORSAIN, PARA TRANSFERIR EN DONACIÓN UN TERRENO UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.
CONCÉDESE PERMISO A LA SEÑORA EMMA ALICIA RECINOS VIUDA DE MARTÍNEZ, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
CONCÉDASE PERMISO A LA PRIMERA DAMA DE LA REPÚBLICA, DOCTORA VANDA GUIOMAR PIGNATO, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUD, PARA QUE ENTREGUE EN DONACIÓN A LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y DEFENSA DE LA MUJER, A.P.D.M., UNA PORCIÓN DE TERRENO, UBICADO EN JURISDICCIÓN DE SUCHITOTO, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN.
CONCÉDASE PERMISO A LA DOCTORA LETICIA CONCEPCIÓN ESCOBAR DE VÁSQUEZ, PARA ACEPTAR CONDECORACIÓN.
OTÓRGASE UNA PENSIÓN ECONÓMICA VITALICIA A FAVOR DE LA SEÑORA MARÍA LUISA MÉNDOZA DE HERNÁNDEZ.
RECONÓCESE LA EFECTIVA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA DE LA LIGA FEMENINA SALVADOREÑA Y DE LA ASOCIACIÓN Y DE LA ASOCIACIÓN DE MUJERES DEMOCRÁTICAS DE EL SALVADOR, EN LA EQUIPARACIÓN DE DERECHOS SOCIALES Y POLÍTICAS ENTRE HOMBRES Y MUJERES.
NOMÍNASE OFICIALMENTE EL ESTADIO MUNICIPAL DE SONSONATE "ESTADIO MUNICIPAL ANA MERCEDES CAMPOS".