Conozca la reforma a la Ley de Imprenta aprobada por la Nueva Asamblea para que los periódicos paguen impuestos


Martes 11 de mayo de 2021 | Por: Prensa Asamblea Legislativa

El pasado 5 de mayo del 2021, durante la Sesión Plenaria Ordinaria número 2, con 68 votos a favor la nueva Asamblea Legislativa aprobó reformar el artículo 8 de la Ley de Imprenta, que contempla eliminar la exención del pago del Impuesto Sobre el Valor Agregado (IVA), y el de la renta, con la que, durante 70 años, los rotativos fueron beneficiados pese a ser empresas que generan lucro a través de la pauta publicitaria.

Sesión Plenaria Ordinaria número 2, nueva Asamblea Legislativa

El pasado 5 de mayo del 2021, durante la Sesión Plenaria Ordinaria número 2, con 68 votos a favor la nueva Asamblea Legislativa aprobó reformar el artículo 8 de la Ley de Imprenta, que contempla eliminar la exención del pago del Impuesto Sobre el Valor Agregado (IVA), y el de la renta, con la que, durante 70 años, los rotativos fueron beneficiados pese a ser empresas que generan lucro a través de la pauta publicitaria.

"La ley que data de octubre de 1950, impedía que los periódicos tributaran. Finalmente, se reformó para que los periódicos tributen aranceles, IVA, renta”, detalló el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, quien también introdujo la iniciativa. 

El artículo 8 de la Ley de Imprenta establecía que: “[…] La importación, producción, difusión o venta de los productos de imprenta estarán exentas de impuestos, derechos o gravámenes”. 

Con las reformas aprobadas, el artículo quedaría de la siguiente manera: “Las imprentas y editoriales cuyas actividades no se encuentren de manera exclusiva entre las reguladas en el artículo seis de la Ley del Libro, no gozarán de exenciones arancelarias para la importación de materias primas, maquinaria y equipo para la impresión de materiales y/o publicaciones que no se destinen directamente a propósitos educativos y culturales, así como a servicios diferentes a esos propósitos; igualmente no gozarán de deducciones del impuesto sobre la renta por ingresos provenientes de esas fuentes, como tampoco exenciones del impuesto a la transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios”. 

En ese sentido, el diputado Guevara reiteró que las imprentas que se dediquen a la producción de materiales educativos y culturales continuarán estando exentas de pagar los referidos impuestos, debido a que no son empresas cuyo fin sea el lucro.

“Estamos haciendo lo justo, legal y correcto, aunque sean decisiones difíciles. Se acabaron los tratos oscuros bajo la mesa o los diputados corporativos que defienden empresas que antes se consideraban de primera categoría”, afirmó el diputado Guevara. 

Las modificaciones introducidas permitirán al país una mayor recaudación fiscal que impulsarán el camino hacia el desarrollo.