Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales estudia reformas al Código Penal y Procesal Penal


Martes 27 de julio de 2021 | Por: Prensa Asamblea Legislativa

Las reformas están orientadas a garantizar sanciones para quienes infringen la ley y reforzar las condiciones de seguridad para beneficio de la población salvadoreña.

Ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, propone reformas al Código Penal y procesal Penal.

El ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, presentó ante los diputados de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales propuestas de reformas al Código Penal y Procesal Penal.

Las reformas se basan en tres ejes principales, el primero de ellos, es al respecto de endurecer las sanciones a personas que porta armas de fuego de manera ilegal. “La gran mayoría de ellos pertenecen a pandillas. Las estadísticas de homicidios reflejan que es el arma comúnmente utilizada”, dijo el ministro Villatoro.

El funcionario detalló que se estima que el 80% de los homicidios son cometidos con arma de fuego que no cuentan con la debida autorización para su posesión. “Nos interesa que tengan un castigo adecuado, no las penas actuales”, subrayó.

El artículo a modificar en este caso es el 346 del Código Penal que, actualmente, establece prisión de tres a cinco años para quienes tuvieren, portaren o condujeren un arma de fuego sin licencia para su uso o matrícula correspondiente de la autoridad competente.

La agravación especial propuesta en la reforma sancionaría con mayor rigor cuando las armas sean producto de un delito, hayan sido modificadas para aumentar su letalidad, el autor sea parte de grupos ilícitos o su utilización tenga relación con países que fomenten el terrorismo, entre otras.

El segundo eje, se refiere a medidas para el control y cumplimiento del plazo de detención provisional. “Tenemos dos años como límite para detención provisional y si en ese tiempo no hay sentencia tenemos que poner en libertad a la persona, en lo que llega la sentencia”, explicó.

Este tema está contemplado en el artículo 8 del Código Procesal Penal, el cual se propone modificar para vigilar el cumplimiento de los plazos del proceso penal en concordancia con el tiempo de la detención provisional.

Para ello, se propone establecer que los jueces lleven una bitácora del proceso para determinar en qué fase se está dando una dilación que impide emitir una sentencia dentro de los dos años de detención provisional.

Asimismo, será obligatoria la colocación de brazalete a los acusados para evitar que, de finalizar la detención, no se presenten a audiencia. A la fecha, la ley no regula una sanción para quienes no asisten audiencia si se efectúa después de la detención provisional.  

Asimismo, se plantea decretar delito de desobediencia a quienes incumplan medidas cautelares, distintas a la detención provisional, para lo cual se requiere modificar el artículo 338-A, inciso tercero, del Código Penal.

Con la reforma propuesta se podría capturar al procesado y regresarlo a detención provisional por haber incumplido la medida.

El tercer eje está referido a la utilización delictiva de personas vulnerables, es decir, niños, mujeres en estado de gravidez, personas de la tercera edad y personas con discapacidad, para lo cual se requiere reformar el artículo 153-A del Código Penal.

“No es que estemos quitando responsabilidad penal de los grupos vulnerables, estamos yendo al origen, al instigador”, aclaró. Lo que se busca es poner un atenuante a las medidas para las personas vulnerables que están siendo utilizadas por delincuentes y ampliar la definición de “vulnerable” más allá de los menores de edad.

La diputada de Nuevas Ideas, Rebeca Santos, destacó que estas reformas se enmarcan en el Plan Control Territorial. “Creo que todo lo que se pretende reformar es para que tengamos herramientas para garantizar mayor seguridad a la población salvadoreña”, aseguró.

La sesión de la Comisión quedó abierta para continuar estudiando las reformas propuestas al Código Penal y Procesal Penal.