El director del Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro explicó que se deben modificar ciertos artículos de los 19 que integran el código, creado el 23 de agosto de 1859 en la época presidencial de Gerardo Barrios, para poder garantizar con certeza una asociación.

Con el propósito de continuar haciendo las consultas necesarias para construir una nueva normativa que se adapte a la realidad salvadoreña, los diputados de la Subcomisión para el Estudio Técnico del Nuevo Código Civil recibieron a representantes del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial.
Dicha institución interfiere en la normativa vigente -que fue creada el 23 de agosto de 1859 en la época presidencial de Gerardo Barrios-, debido a que posee una unidad que trabaja el tema de la personería jurídica.
“Debemos ordenar el Código Civil y adecuarlo a la realidad salvadoreña, porque muchos de los artículos se están volviendo letra muerta, en la actualidad, pues es una adaptación a la versión española”, dijo la presidenta de la mesa de trabajo, Marcela Pineda.
El director del Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, Víctor Palma Chamul, explicó que se deben modificar ciertos artículos de los 19 que integran el código para poder garantizar con certeza una asociación.
Entre los insumos brindados por Palma Chamul en relación a la personería jurídica que enmarca la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro -creada en 1996-, se encuentra la clasificación de estas en dos tipos: con y sin ánimo de lucro, debido a que no está definido.
El representante del ministerio también sugiere actualizar los apartados que hacen alusión a que el Órgano Ejecutivo es el responsable de solventar los temas de la personería jurídica, sustituyéndolos al ente gubernamental que le corresponde.
Otro elemento que emitió el funcionario para ser tomado en cuenta en este estudio es la regulación plasmada en el artículo 554 de la Ley de Procedimientos Administrativos para la Imposición de Sanciones, sino se cumplen con los plazos, requisitos y reglas que se establezcan.
También incorporar un artículo que derive a la normativa a leyes secundarias como la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro; y modificar el artículo 549 en cuanto a establecer el régimen disciplinario y las sanciones a aplicar al incumplimiento de las atribuciones que se les confieren.
“No es tarea fácil el modificar una ley, porque requiere de un gran estudio”, acotó el empleado del ministerio.
Luego de una serie de sugerencias, el diputado Mauricio Ortiz agradeció esos aportes y reforzó las palabras de la legisladora Pineda al decir: “Nuestro ordenamiento civil ya no fue actualizado y es necesario que responda a nuestra realidad”.