Son cuatro los convenios que, a iniciativa del Presidente de la República, Nayib Bukele, se espera ratificar para dar mayores garantías laborales a los trabajadores.
Los diputados de la Asamblea Legislativa recibieron a un equipo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) para iniciar el estudio de cuatro convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que se esperan ratificar próximamente.
De acuerdo a lo expresado en la Comisión de Trabajo, se trata del convenio 102, relativo a la Norma Mínima de Seguridad Social; el 148, referido a la Protección de los Trabajadores contra los Riesgos Profesionales debido a la Contaminación del Aire, Ruido y las Vibraciones en el Lugar de Trabajo; el 183, respecto a la Protección de la Maternidad; y el 190, que tiene que ver con la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo.
“Son importantes estos convenios porque nos dejan entrever que hay mucha tela que cortar y temas que debemos fortalecer. El Gobierno del Presidente Nayib Bukele pone en el centro a los trabajadores y a las familias salvadoreñas. Elementos como los de estos convenios vienen a ponernos como un país de primer mundo”, declaró el presidente de la mesa legislativa, Edgardo Mulato.
El asesor del despacho del ministro de Trabajo, Joel de Paz Flores, detalló en qué consiste cada uno de estos convenios y las áreas de derecho que fortalecen para los trabajadores. Cada uno de ellos está en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en cuanto al trabajo decente.
“Estos cuatro convenios constituyen saldar una deuda histórica del país, en algunos casos de más de 70 años, constituye una respuesta al clamor de los trabajadores y movimientos sindicales, y significa la voluntad política clara del Presidente Bukele de promover el trabajo decente”, afirmó.
Convenio 102, Norma Mínima de Seguridad Social
“El convenio 102 es una deuda del país de más de 70 años. La Norma Mínima de Seguridad Social sigue siendo la más importante en esta materia”, dijo el asesor del despacho del ministro de Trabajo.
Este acuerdo se refiere a las disposiciones o marco normativo con el que cuenta cada país para proteger el estado de bienestar de las personas en todo el ciclo de su vida, desde la gestación hasta la vejez.
Regula distintas áreas de seguridad social, entre ellas, asistencia médica u obligatoriedad de seguro médico para los trabajadores. Este aspecto está regulado y garantizado en el país a través del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
Además, incluye prestaciones monetarias en periodos de enfermedad, y establece que se debe dar como mínimo el 45% del salario al trabajador. En este aspecto el país está bastante adelantando, pues se retribuye al trabajador el 100% de su sueldo.
Asimismo, contempla las prestaciones por vejez, es decir, el pago de pensión, que debe ser como mínimo del 40%. Esta área se cumple parcialmente en nuestro país, sin embargo, se está a la espera de reformas que mejoren el sistema de pensiones para beneficio de los jubilados.
También se incluye la protección de riesgos durante su vida laboral por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, este tema ya está legislado en nuestro país.
La prestación de maternidad es otro de los puntos que regula el convenio 102, que establece que la madre debe recibir en su periodo de licencia el 40% de su salario. En el país se paga el 100% a las mujeres embarazadas.
Otra de las prestaciones es por invalidez ocasionada por accidentes de trabajo, la cual contempla que el trabajador reciba una cuantía para sufragar la pérdida de ingresos.
Por último, está incluida la prestación por sobrevivencia, que ocurre cuando la fuente principal de ingresos de la familia fallece, y los beneficiarios tienen derecho a una pensión para sufragar gastos.
Este convenio requiere que al menos un 50% de la población tenga cobertura de seguro médico y pensión, pero tomando en cuenta que la mayoría de la población en El Salvador se mueve en el comercio informal ha sido una cifra difícil de alcanzar, fue hasta después de la pandemia, con la recuperación de empleos, que el país, por primera vez, alcanzó este porcentaje.
Convenio 148, Protección de los Trabajadores contra los Riesgos Profesionales debido a la Contaminación del Aire, Ruido y las Vibraciones en el Lugar de Trabajo
Con la ratificación de este convenio se busca adoptar medidas en el lugar de trabajo para limitar los riesgos profesionales por contaminación del aire, ruido y vibraciones. Pese a que esto está normado en el país, no se establece un límite ante estos aspectos.
El instrumento reforzará la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, que ya establece parámetros respecto al tema.
También busca fomentar la investigación y el desarrollo de un currículo para formar profesionales en salud y seguridad ocupacional. Los campos de aplicación del convenio son para todas las ramas de la economía.
Convenio 183, Protección de la Maternidad
Esta iniciativa busca la protección de la maternidad durante el embarazo, parto y posparto. Si bien el país ya tiene legislación en este tema, el convenio busca fortalecer para reforzar los derechos de las mujeres embarazadas.
El convenio establece que ninguna mujer en estado de embarazo puede realizar actividades que se consideren peligrosas, para salvaguardar la vida de la madre y de su bebé.
También, busca la equiparación de la licencia por maternidad a 18 meses tanto para la madre como para el padre. En nuestro país la licencia es de 16 meses para la madre, y de tres días para el padre.
Asimismo, al igual que sucede con la norma salvadoreña, determina que ninguna mujer puede ser despedida o discriminada en su puesto de trabajo debido a su estado de gravidez.
Además, en casos de prescripción médica, si la mujer tiene una complicación dentro del embarazo o parto y debe tomar mayor tiempo para recuperarse, este derecho debe ser protegido. Este punto constituye una nueva fuente de derecho para las mujeres.
Otra novedad es que el tiempo de la maternidad debe ser contabilizado en el tiempo efectivo de trabajo. En nuestro país esto no sucede, no cuenta dentro del historial laboral y, por lo tanto, no se suma al tiempo de jubilación.
Este convenio también deja establecido que la prestación monetaria durante el goce de la licencia por maternidad debe ser, al menos, de dos tercios del salario. El Salvador, actualmente, paga el 100% del sueldo.
Convenio 190, Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo
Este documento se refiere al derecho de las personas a trabajar en un ambiente libre de violencia, independientemente del género o la raza de la persona; abarca las labore de teletrabajo, todas las actividades económicas y modalidades de contrato.
El convenio se centra en la protección de los derechos fundamentales, de libre asociación, negociación colectiva y la eliminación de las formas de trabajo forzoso y obligatorio. Es el primer convenio global que abarca el tema de la eliminación de la violencia y el acoso.
El país cuenta con regulación en este ámbito en el Código de Trabajo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), y Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo. Sin embargo, uno de los marcos normativos más importantes, que es el Código de Trabajo, es de larga data y necesita actualización.