El beneficio tributario se aplicará a las donaciones, locales e internacionales, dirigidas al Gobierno de El Salvador para atender a los afectados por la tormenta tropical Julia.
Debido a que el paso de la tormenta tropical Julia sobre el territorio salvadoreño causó diversos estragos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, con 82 votos, eximir de todo tipo de impuesto la ayuda humanitaria que ingrese al país, emitidas por personas nacionales, organismos internacionales o multilaterales.
La iniciativa fue presentada al Órgano Legislativo por el ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, en el marco del estado de emergencia nacional decretado por el Ejecutivo ante la llegada del fenómeno climático. Este, además, fue ratificado por los legisladores, el 8 de octubre, en una sesión plenaria extraordinaria.
“Este tipo de fenómenos vienen con más fuerza y es por eso que como Gobierno debemos de estar preparados. La prioridad es salvar vidas y empezar la etapa de reconstrucción de la infraestructura perdida”, señaló el ministro Zelaya, al momento de presentar la propuesta al presidente de la Comisión de Hacienda, Christian Guevara.
La medida avalada busca distribuir con eficiencia los medicamentos, vestuario, alimentos, entre otras donaciones que sean enviadas a El Salvador para apoyar a la población de manera oportuna.
Por ello, para facilitar la aplicación de los beneficios tributarios concedidos en este decreto, se faculta a la Dirección General de Impuestos Internos, a la Dirección General Tesorería y a la Dirección General Aduanas generar circulares, instructivos y resoluciones acorde al detalle de lo aprobado.
Para enfrentar el fenómeno climático, la población cuenta con el respaldo de 650 bomberos y 500 elementos operativos desplegados a nivel nacional. Además, hay 67 albergues en todo el país equipados para recibir a los afectados: 12 en La Libertad, 10 en San Salvador, nueve en La Unión, ocho en Usulután, seis en La Paz, cinco en Santa Ana, tres en Chalatenango, tres en Sonsonate, tres en San Miguel, tres en Cuscatlán, dos en Morazán, dos en Ahuachapán y uno en San Vicente.
Esto sin contar los centros de acopio -para recibir alimentos, vestuario y medicamento- que se han instalado en las sedes departamentales de la Asamblea Legislativa.
Los centros de recolección que se han instalado en la zona occidental se ubican en Ahuachapán, en Santa Ana y Sonsonate. En la zona central están en La Libertad, Chalatenango, Cuscatlán y San Salvador. En la región paracentral se encuentran en La Paz, Cabañas y San Vicente. Mientras que en el área oriental, en los departamentos de Usulután, San Miguel, Morazán y en La Unión.
Los tributos libres de cobro
De acuerdo a lo admitido por el pleno, la cooperación internacional estará exenta del pago de todo tipo de tributos y gravámenes, incluyendo el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA).
Asimismo, las importaciones y compras locales que realice el Gobierno con fondos provenientes de donaciones para atender este acontecimiento gozarán de los mismos beneficios tributarios descritos anteriormente.
Por otro lado, los contribuyentes del IVA que se amparen a este decreto no estarán obligados a aplicar la proporcionalidad del crédito fiscal, mismo que está regulado en el artículo 66 de dicha ley.
En cuanto al impuesto denominado renta, las donaciones realizadas por los contribuyentes deberán documentarse conforme a lo dispuesto en el artículo 32, numeral cuatro, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.