Comisión respalda hacer cambios a la Ley de Notariado


Lunes 03 de julio de 2023

El objetivo de modificar la normativa es ampliar los preceptos legales relacionados con la devolución de libros de protocolos y la emisión de testimonios para fortalecer la fe pública notarial.

La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales emitió un dictamen favorable para reformar la Ley del Notariado, un cuerpo normativo que establece los derechos y deberes de los notarios salvadoreños. El objetivo de hacer cambios a la normativa es ampliar los preceptos legales relacionados con la devolución de libros de protocolos y la emisión de testimonios para fortalecer la fe pública notarial. 

Con los cambios se limita la entrega de libros de protocolo a los profesionales y se establece que cuando se agote un libro de protocolo, y se requiera uno nuevo, este será devuelto junto con sus anexos, pero quedará bajo el resguardo de la Sección de Notariado de la Corte Suprema de Justicia.

Además, una vez vencido el libro de protocolo, los jueces tendrán 15 días hábiles para entregarlo. 
Los parlamentarios recordaron que estas modificaciones se realizan para actualizar la normativa que está vigente desde 1962.
 
“Se obligará al notario y la Sección de Notariado a resguardar los libros de protocolo y los anexos de los documentos elaborados. Se autorizarán nuevas hojas al notario únicamente cuando el documento haya quedado inconcluso para que lo pueda terminar y se agregará el término de libro de protocolo agotado”, expresó la diputada de Nuevas Ideas, Marcela Pineda. 

Asimismo, los libros de protocolo que estén vencidos o agotados, y deban ser entregados, serán revisados por el jefe de la Sección de Notariado y remitidos a la Corte Suprema de Justicia con una nota en la que haga constar las irregularidades encontradas en dichos instrumentos. 

La otra modificación propuesta es excluir la posibilidad normativa de testimonio bajo la modalidad de transcripción y realizarlos por medio de fotostáticos u otra forma de copia fidedigna. Además, no se podrán extender testimonios por el sistema de transcripción, salvo cuando corresponda a la Corte Suprema de Justicia o en el caso del notario cuando este deba de expedir testimonio de partición judicial o extrajudicial. 

La semana anterior, representantes de la Corte Suprema de Justicia explicaron a la mesa legislativa que esta última enmienda se hace porque la normativa vigente puede generar falsedades debido a la falta de firmas. Un informe del Centro Nacional de Registro revela que tiene retenidos alrededor de 300 documentos porque hay suplantación de identidad. 


 “El objeto de estas reformas es evitar aquellas conductas que manipulan la fe pública notarial a través del uso de testimonios transcritos”, enfatizó la diputada Evelyn Merlos.