La reformas al Código de Comercio buscan incentivar la legalización del sector informal de la economía, así como reimpulsar a la micro y pequeña empresa. Antes, una sociedad debía tener dos o más miembros.
Las reformas al Código de Comercio establecidas por la Asamblea Legislativa permiten la constitución de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), un nuevo mecanismo que facilitará la tramitología para que una sola persona establezca la operación de un negocio.
También incluye al comercio informal, a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) que aún no han sido registradas se puedan formalizar.
Con el ánimo de formalizar los negocios y el comercio en el país, los diputados de la Asamblea Legislativa probaron con 75 votos las modificaciones al Código de Comercio, las cuales establecen la facilitación en los procesos de constitución de una empresa, a través de las SAS.
La modificación promete ampliar las alternativas para dinamizar la economía del país. El capital social para la constitución de las SAS será fijado por los accionistas, debiendo establecerse libremente a partir del monto mínimo de $1, además tendrán un año de gracia en el que no tributarán al Estado, esto para dinamizar la economía del país.
El proyecto de reforma contiene 11 artículos e introduce 28 apartados en los que se incorpora un capítulo sobre las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), con el objetivo de ampliar las alternativas de constitución de nuevas empresas.
El diputado de Nuevas Ideas, Edgardo Mulato aseguró que las modificaciones a la ley contribuirán al dinamismo de la economía.
“Muchas veces las MIPYMES han tenido que atravesar procesos engorrosos para su establecimiento. En el país, existe una gran cantidad de comerciantes que viven en la informalidad; sin embargo, queremos ofrecerles nuevas alternativas con estás reformas”, aseguró el legislador.
Por otra parte, su colega, William Soriano, detalló que con dichas reformas se lograría mejorar la situación legal de miles de comerciantes y lograr la inclusión financiera.
“Nosotros les ofrecemos leyes que les permitirán pasar del sector informal a un sector de comercio formal que les permita acceder a la banca y que les permita salir del umbral, donde la vieja política los había dejado”, destacó Soriano.
La iniciativa forma parte de las estrategias del Ejecutivo para brindar oportunidades a miles de salvadoreños del sector informal. Además, contribuye a la inclusión financiera y bancaria en el país, brindando acceso a créditos, participación en ventas o compras públicas privadas.
“Se necesita que los salvadoreños tengamos un mejor nivel de inclusión financiera y mayor innovación para que nuestra gente pueda salir adelante, y eso lo estamos logrando gracias al liderazgo del Presidente Nayib Bukele”, aclaró el diputado de la bancada cyan, Walter Coto.
En la actualidad, el Centro Nacional de Registros (CNR) ha registrado que los principales obstáculos a los que se enfrentan los empresarios para constituirse formalmente en el país son el exceso de requisitos para conformar sociedades, costos elevados para la constitución, administración de las mismas y la ausencia de nuevas tecnologías en la realización de trámites.
Con la nueva ley se reducirá la burocracia, permitiendo que las sociedades sean constituidas a través de formularios para brindar la posibilidad de realizar trámites 100 % en línea, mediante la plataforma del CNR y el Registro de Comercio. Además, contribuirá a la inclusión financiera y bancaria en el país.
Ventajas de las SAS:
Entre las particularidades de las SAS es que estas pueden estar constituidas por una sola persona (unipersonal), a diferencia de las Sociedades Anónimas de Capital Variable que requieren de la participación de dos o más socios.
Además, brindará a los salvadoreños que residen en el exterior la oportunidad de constituir sociedades dentro del territorio nacional, a través de la utilización de la firma electrónica.
El capital social para la constitución de estas sociedades será fijado por los accionistas, debiendo establecerse libremente a partir del monto mínimo de $1.
Las sociedades por acciones simplificadas podrán constituirse de forma unipersonal, teniendo como único accionista a una persona natural o una sociedad capital.
Cualquier sociedad podrá adoptar el tipo de SAS por medio de su transformación o fusión mediante aprobación de junta general o por pacto social.
La SAS se disolverá por vencimiento del término previsto en el formulario, por imposibilidad de desarrollar actividades previstas en su objeto social, entre otros.