Reformas de ley elevarían penas de cárcel para delitos de robo y estafa


Martes 23 de julio de 2024

La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia estudia una iniciativa para modificar el Código Penal, con lo que se busca incrementar las penas de prisión para delitos como robo, estafa, hurto, uso ilícito de vehículo automotor y conducción de mercancías de dudosa procedencia.

 

La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia comenzó  el estudio de una propuesta para hacer cambios al Código Penal, con el fin de ampliar la condena de los delitos relacionados con el patrimonio. Lo que se pretende es evitar que se sigan cometiendo y mantener la tranquilidad de la población salvadoreña respecto a la protección de dichos bienes. 

Para escuchar la opinión técnica sobre el tema, los parlamentarios recibieron en la mesa de trabajo al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Rodolfo Delgado. 

El funcionario sostuvo que el aumento de penas en estos casos reforzará los resultados obtenidos por el régimen de excepción y el Plan Control Territorial, los cuales han permitido reducir los homicidios a niveles históricos y  ayudarán a la reactivación económica del país anunciada por el Presidente Nayib Bukele durante la toma de posesión de su segundo mandato presidencial. 

“La Fiscalía no puede abstraerse de estas intenciones y por esto consideramos que las reformas buscan la regulación que permita garantizar el derecho a la propiedad de los salvadoreños, porque los hurtos y  estafas siempre han estado presentes y lo que queremos es evitar una escalada de estos, así como lo hicimos con los homicidios. Al ladrón y al estafador le sale barato cometer delitos porque las condenas son suaves”, sostuvo Delgado. 

Aunque el funcionario aclaró que todavía hay incidencia de estos delitos, se ha tenido una disminución de los mismos. El hurto patrimonial ha registrado una reducción sostenida de 20 % anual desde la implementación del Plan Control Territorial. 

“Lo que se está haciendo con estas reformas es prevenir que surjan nuevas manifestaciones delictivas. La Fiscalía ya logró revertir la cantidad de casos iniciados versus casos resueltos. Actualmente, se resuelven más casos de los que  ingresan”, apuntó. 

Con las reformas al Código penal, por ejemplo, aquellas personas que se apoderen ilícitamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, serán sancionadas con prisión de seis a ocho años, si el valor de la cosa hurtada es mayor de doscientos colones.  Según el fiscal general, este delito actualmente es castigado con prisión de 2 a 5 años. 

Asimismo, quienes cometen hurto en instalaciones o infraestructura de un servicio público y hurten objetos de valor histórico, cultural, científico o religioso, tendrán 10 años de prisión.  Este tiempo de cárcel también aplicará en hurto de partes de vehículo y ganado.

Por otra parte, el robo agravado será castigado con una condena de 20 a 30 años si en el hecho interviniera un funcionario, empleado público o municipal, agente de autoridad, autoridad pública o servidor público.  La misma pena se impondrá  a quien sin cerciorarse previamente de su procedencia legítima, posea adquiera, reciba, almacene, oculte, transporte, retenga o enajene a cualquier título dinero o cosas que sean producto de cualquier delito o falta en el que no haya tenido participación, será sancionado con prisión de seis a 10 años.

El delito de estafa será castigado con prisión entre 5 y 8 y ahora se incluyen aquellos casos relacionados con  tarjetas de crédito o débito o cualquier otro instrumento de pago material o inmaterial distinto del efectivo o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realice operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.

“Esto debido al incremento que se tuvo en 2021, de las estafas cometidas mediante este tipo de modalidades. Tuvimos que implementar nuevos mecanismos de investigación para descubrir las modalidades. Concluimos que la estafa como está regulada actualmente no era la más adecuada para atribuir responsabilidades penales”, afirmó el fiscal general.

El delito de estafa será sancionado con prisión de ocho a 15 años, en elcaso de que el valor de la defraudación supere los $10 mil  o afecte a un número de 10 o más personas.

Además, quien conduzca mercancía en un vehículo automotor de carga sin la debida documentación que ampare la legítima propiedad o procedencia de la misma, sin importar la cantidad, será sancionado con una pena de seis a 10 años de prisión.

Respecto a este delito, el fiscal aseguró que existe un mercado potencial en el que se revende lo robado y que, por lo tanto,  es necesario reducir la oferta de este tipo de productos.

“Es con este tipo de legislación que nosotros vamos a proteger a nuestros comerciantes minoristas y consumidores finales, emprendedores, dueños de tiendas en los barrios y a las personas que acuden a los diferentes centros de abastos para adquirir la canasta básica”, apuntó Delgado. 

 

Aumento al plazo de detención provisional 

La comisión también empezó el estudio de una propuesta que contiene reformas al Código Procesal Penal para modificar el plazo  máximo de la detención provisional, con el objetivo de que una persona acusada de cometer un delito no evada la justicia. 

En la actualidad, la detención provisional no puede exceder de un año en el caso de los delitos menos graves y de dos  en los delitos graves, aunque  en este último caso, la detención provisional puede ampliarse un año más. 

Durante el análisis de la iniciativa, el fiscal general propuso a los legisladores que cuando sea un delito menos grave, la detención provisional sea prorrogable por un año más; en el caso de los delitos más graves se extenderá dos y cuando ya haya una pena, con prueba y sentencia, la detención provisional se podrá ser  hasta la mitad de la pena. 

Explicó que las enmiendas son necesarias debido a que en la actualidad la duración de la detención provisional se ve afectada por la complejidad de las investigaciones, la cantidad de procesos que deben ser depurados por los diferentes tribunales con competencia penal e incluso por los defensores de los imputados, lo cual ha provocado que, al agotarse los plazos, los acusados por delitos graves deban ser puestos en libertad.  

Con la propuesta se evita lo anterior, ya que una de las finalidades del proceso penal es lograr una pronta y cumplida justicia. 

“La Fiscalía considera que no se está afectando el plazo de duración del proceso penal porque no se refiere al plazo de instrucción o tramitación de recursos. Es perfectamente viable incrementar el plazo de la medida cautelar en los términos propuestos”, aseguró Delgado. 

El funcionario ahondó en que estas modificaciones brindarán las herramientas necesarias para que quien deba estar detenido provisionalmente cumpla con los plazos y no quede burlada la justicia. 

El diputado Caleb Navarro aclaró que no se modifica ningún plazo para la etapa de instrucción, ni del proceso. Además, esclareció que con esta propuesta no existiría violación de derechos fundamentales para el imputado. 

“Nos parece bastante clara la idea de que hay mucho abogado que prácticamente utiliza artimañas para dilatar el proceso, ponen en actividad todo el órgano jurisdiccional y esto es un es un gasto para el Estado”, sostuvo el legislador. 

Investigación sobre delito de administración fraudulenta

Los diputados de la Comisión de Seguridad también escucharon la opinión técnica del fiscal general de la República sobre la iniciativa del Órgano Ejecutivo de modificar el artículo 27 del Código Procesal Penal, el cual se refiere a las “Acciones públicas previa instancia particular” para el delito de administración fraudulenta.

La propuesta de reforma establece que para investigar ese delito la víctima deberá denunciar y presentar una auditoría contable (costeada por ella) que demuestre la existencia del hecho cometido. Si no tiene los documentos financieros para elaborarla deberá pedir auxilio a la Fiscalía General para que haga la solicitud al juez y se puedan obtener.

“La auditoría contable es la que, en primer momento, nos va a indicar la existencia de un hecho criminal. Luego, esta auditoría se va a complementar con el resto de investigaciones que haga la Fiscalía para presentar un requerimiento adecuado ante los tribunales. Con eso nos estamos evitando tener que presentar requerimientos infundados o sin agotar las instancias mercantiles pertinentes”, expresó Delgado.

El fiscal expuso a los legisladores que para investigar el delito de administración fraudulenta se necesita presentar prueba de carácter técnico, ya que son las pericias financieras o contables las que permiten dilucidar si el patrimonio de una sociedad o empresa ha sido adecuadamente administrado.

Pero hay abogados, según Delgado, que no están agotando las instancias de naturaleza civil o mercantil para reclamar los derechos a otros socios de una empresa y acuden a la Fiscalía General para “criminalizar algunas acciones que perfectamente pueden dilucidarse en instancias civiles o instancias mercantiles”.

Esta situación deja a la Fiscalía General a cargo de realizar los exámenes periciales, la obliga a buscar auxilio de otras entidades del Estado y le dificulta atender otro tipo de investigaciones.  

“El Estado no puede asumir este tipo de auditorías, porque eso implica dejar de atender el normal funcionamiento del resto de instituciones. Cuando se pide apoyo de un perito de Hacienda o de la Corte de Cuentas dejan de cumplir sus labores y las metas de su institución”, afirmó el funcionario.