Diputados analizaron una propuesta para crear un régimen que incentive las grandes inversiones y facilite iniciar operaciones comerciales a extranjeros y nacionales, con un rango inicial de $2 mil millones.
Como una medida para convertir al país en un polo de inversión, los diputados de la Comisión de Hacienda dictaminaron en favor de crear el Régimen Especial para Incentivar y Facilitar las Inversiones de Alto Valor en El Salvador.
Este establecería medidas tributarias especiales para posibilitar el traslado y establecimiento de inversiones o patrimonios de $2 mil millones en adelante, para el desarrollo de cualquier actividad económica, con el propósito de incrementar la productividad, generar empleos y promover la exportación de bienes y servicios.
Según el marco legal, se consideraría como una inversión cuando una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, aporte para la creación de una empresa; adquiera propiedades en el país con fines económicos; o efectúe la compra de bienes como maquinaria, materia prima o productos para un negocio.
También aplicaría en el caso de las entidades financieras que otorguen préstamos a personas o empresas salvadoreñas para que puedan hacer nuevas inversiones en actividades productivas; o cuando se usen derechos como marcas, patentes o conocimientos técnicos en actividades económicas.
Además, la normativa expone que se consideraría como inversionistas a los salvadoreños radicados en el exterior por más de un año ininterrumpido, que trasladen sus inversiones de alto valor al país, o si una empresa ya existente cambia su sede de operación para traerla desde el extranjero a El Salvador.
Entre los principales beneficios para los inversionistas destacan: el no pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) por las ganancias que obtengan de sus nuevas inversiones de alto valor; no aplicarían retenciones de renta, salvo en sueldos mensuales menores o iguales a $100,000, que sí llevan retención.
Además, no cancelarían impuestos por comprar propiedades que sean utilizadas para sus actividades económicas; ni impuestos municipales sobre el valor de sus bienes, ni por importar maquinaria, equipos y materiales necesarios para sus negocios.
Durante el estudio de la propuesta, el ministro de Hacienda, Jerson Posada, recalcó que los incentivos aplican solo a las nuevas inversiones que se establezcan en el país y que sean a partir de los $2,000 millones.
El funcionario señaló que no existe, localmente, ninguna empresa que tenga un patrimonio de ese monto o que llegue a la mitad y, por ende, “no implica un sacrificio fiscal para las finanzas públicas”.
“Todo lo que traeremos sería ganancias, en términos de generación de empleo, más capital y más masa monetaria que vendría a dinamizar el Producto Interno Bruto”, enfatizó Posada.
Requisitos
Para que una persona o empresa extranjera pueda registrar su inversión, debe presentar una solicitud al Ministerio de Economía; debe mostrar que está legalmente formada en su país de origen, con los documentos oficiales correspondientes.
También debe presentar un resumen financiero, hecho por un contador público salvadoreño, que indique qué cantidad invertirá. Además, debe demostrar que ha trasladado su inversión al país.
Asimismo, para acceder a los incentivos fiscales, los inversionistas deben inscribirse en el Registro de Contribuyentes del Ministerio de Hacienda, conforme a lo regulado en los artículos 86 y 87 del Código Tributario, y presentar un escrito ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en un plazo de 30 días desde el inicio de operaciones.
En este documento deben incluirse datos detallados sobre la empresa o persona natural, el monto invertido o el patrimonio trasladado al país, y los datos de contacto, además de adjuntar el comprobante de registro ante el Ministerio de Economía.
La Dirección General de Impuestos Internos tiene un máximo de 10 días hábiles para revisar la solicitud y emitir una resolución. Posteriormente, el inversionista será reconocido oficialmente como beneficiario de los incentivos y, luego de esto, deberá informar cualquier cambio importante como la entrada o salida de socios, o modificación de datos, dentro de los siguientes 10 días hábiles.