Ley de Bancos de Inversión impulsará servicios financieros especializados


Viernes 08 de agosto de 2025

En la plenaria 68, los diputados de la Asamblea aprobaron dicha normativa, la cual regulará a entidades especializadas en servicios financieros avanzados, promoviendo un sistema moderno, transparente y dinámico.

Con el objetivo de establecer una regulación especializada para las instituciones dedicadas a la banca de inversión, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, con 55 votos, la Ley de Bancos de Inversión, enfocada en entidades que presten servicios como gestión de activos, asesoría financiera, estructuración de operaciones corporativas (fusiones, adquisiciones), financiamiento estructurado y análisis de mercado, entre otros.

La normativa atenderá a los Inversionistas Sofisticados, es decir, a personas naturales o jurídicas con alto conocimiento, capacidad financiera y experiencia en el manejo de inversiones complejas, con un patrimonio igual o mayor a $250,000 en activos líquidos.

Además, ofrecerá transacciones específicas que se diferencian con otros bancos, como por ejemplo, la implementación de proyectos de infraestructura, de energía, telecomunicaciones y de desarrollo urbano, debido a que las entidades pueden diseñar esquemas de financiamiento complejo. 

La diputada Dania González explicó que la banca de inversión apoya al Gobierno, instituciones, empresas y otras entidades a obtener financiamiento para proyectos grandes, a través de la venta de acciones o bonos en los mercados financieros. 

González afirmó que la ley generará ventajas al país, entre ellas la atracción de capital privado internacional, grupos financieros y actores de alto patrimonios se instalen en el país o utilicen nuestras plataformas como plataformas de operaciones regionales. 

Asimismo, impulsará a sectores estratégicos, ya que la banca de inversión canalizará recursos a proyectos de infraestructura, energía, tecnología, innovación y asociaciones públicas y privadas, promoviendo así el crecimiento y una visión estructural.

“Otro beneficio es el financiamiento del sistema financiero, puesto que se va a ampliar la arquitectura institucional del sistema financiero salvadoreño como una figura nueva pero regulada  y supervisada, complementaria a la banca tradicional que ya todos conocemos”, señaló la legisladora. 

González destacó que el marco regulatorio permitirá profundizar en el mercado de capital y activos digitales, abriendo operaciones modernas seguras y regulares como el bitcoin, stablecoins, oro tokenizado y otros instrumentos digitales, con la regulación debida del Banco Central de Reserva (BCR) y la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF).

De igual forma, El Salvador se posicionará al convertirse en un host financiero especializado, generando una reputación internacional, confianza institucional y competitividad.

El BCR será el encargado de  regular a dichas entidades, mientras que la SSF supervisará el funcionamiento, las autorizaciones y el cumplimiento normativo.

Esta ley prevé modernizar el sistema financiero nacional y brindar a los inversionistas sofisticados un servicio transparente, confiable y ágil que contribuya al desarrollo del país, según expuso durante el estudio de la propuesta la asesora del despacho del Ministerio de Economía, Marta Solís.

La normativa acelerará la dinámica comercial, industrial y tecnológica. Esta presentará transacciones específicas que se diferencian con otros bancos, como por ejemplo, la implementación de proyectos de infraestructura, de energía, telecomunicaciones y de desarrollo urbano, debido a que las entidades podrán diseñar esquemas de financiamiento complejo como bonos que pueden permitir una operatividad mayor.

Contenido de la Ley

El marco legal estará dirigido, únicamente, a un grupo específico de personas naturales, jurídicas y empresas que tengan amplio conocimiento y experiencia en temas financieros.    

Los inversionistas sofisticados también deberán tener una capacidad económica sólida que les permita asumir los riesgos propios de las inversiones complejas. Para ello, tendrán que disponer de un patrimonio igual o mayor a $250,000.

El dinero podrá ser efectivo, en moneda de curso legal, y activos de fácil liquidación, es decir, bienes o recursos de una persona natural o jurídica que puedan ser usados inmediatamente, sin restricciones legales, y se encuentren libres de gravámenes.

Estos podrán ser bitcoin, bonos del tesoro, bonos del tesoro tokenizados, oro tokenizado, entre otros.

Los Bancos de Inversión podrán realizar operaciones activas y pasivas, como abrir y mantener cuentas a la vista y a plazo, pudiendo recibir depósitos y efectuar pagos a través de redes de pago y realizar cualquier otra función propia de una cuenta.

Además, podrán captar fondos mediante la emisión de instrumentos, tales como bonos, certificados valores y productos estructurados y cualquier otro mecanismo autorizado; descontar letras de cambio pagarés y otros documentos; pero también mantener activos y pasivos en monedas extranjeras y efectuar operaciones de compra y venta de divisas.

¿Cómo se formarán las entidades de banca de inversión?

Los interesados en constituir las Entidades de Banca de Inversión deberán tramitar la autorización ante la Superintendencia del Sistema Financiero; sin embargo, será el Banco Central de Reserva, a través de su Comité de Normas, el que establezca los requisitos técnicos y legales que deben cumplir los aspirantes.

La autorización realizada por la Superintendencia se publicará una sola vez en el Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional; también se realizará a través de otras plataformas de comunicación digital.

El BCR y la SSF como instituciones reguladoras

El Banco Central de Reserva (BCR) y la Superintendencia del Sistema Financiero serán las instituciones encargadas de velar por el cumplimiento de la normativa.

El BCR, a través de su Comité de Normas, deberá emitir los reglamentos que definan los requisitos de capital, liquidez y gestión de riesgos, establecer criterios para la valoración de activos, regular los mecanismos para la operación con activos digitales y determinar los niveles y uso de la reserva de liquidez, que será exigida a estas entidades.

Por su parte, la Superintendencia será el ente supervisor directo de los bancos de inversión y ejercerá funciones como autorizar la creación, fusión o cierre de estas entidades, supervisar su operación para verificar el cumplimiento de las leyes y normas prudenciales.

Además, deberá velar por la transparencia en la información ofrecida a los inversionistas, sancionar infracciones y ejercer vigilancia sobre las relaciones entre personas naturales o jurídicas relacionadas con estas entidades.

También estará facultada para actualizar cada dos años, en conjunto con el BCR, los requisitos financieros mínimos exigidos a los Inversionistas Sofisticados y a las propias entidades.

Operaciones con Bitcoin y Activos Digitales

Una de las principales innovaciones que introduce la Ley de Bancos de Inversión es la incorporación de operaciones con Bitcoin y activos digitales dentro del marco regulador del sistema financiero salvadoreño.

Las Entidades de Banca de Inversión, una vez autorizadas por las autoridades competentes, podrán desempeñarse como:

  • Proveedores de Servicios de Activos Digitales.
  • Emisores de Activos Digitales.
  • Proveedores de Servicios Bitcoin