Con las modificaciones a las leyes, los salvadoreños en el exterior podrán elegir de forma directa a seis representantes en el Órgano Legislativo a partir de las próximas elecciones.
Con el objetivo de crear una circunscripción para que la diáspora tenga representación directa en la Asamblea Legislativa, los diputados aprobaron reformas a tres leyes. Con 57 votos reformaron al Código Electoral y a la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Exterior, mientras que con 55 reformaron la Ley de Partidos Políticos.
Las enmiendas regularán la circunscripción 15, creada tras las recientes modificaciones a la Constitución de la República. Con ellas se establece el mecanismo mediante el cual la diáspora elegirá por primera vez a sus propios representantes en la Asamblea Legislativa.
A esta nueva circunscripción se le asignan seis diputaciones, las cuales serán electas con base en el padrón electoral de salvadoreños residentes en el extranjero.
Según datos del Registro Nacional de Personas Naturales, actualmente existen más de 962 mil personas que tienen DUI con dirección en el extranjero, cifra que servirá de base para conformar el nuevo padrón electoral de la diáspora.
El diputado de Nuevas Ideas, Raúl Chamagua, explicó que la importancia de esta reforma radica en que los salvadoreños en el extranjero podrán ejercer plenamente sus derechos políticos y contar, por primera vez, con representantes propios dentro del Órgano Legislativo.
“La importancia de esta circunscripción es que respalda un derecho político que tienen los ciudadanos salvadoreños”, aseguró Chamagua.
Agregó que la Constitución no establece la pérdida de derechos ciudadanos por residir en el extranjero.
El legislador también manifestó que muchos compatriotas salieron del país por distintas circunstancias, pero eso no significa que hayan dejado de pertenecer a El Salvador.
La diputada Suecy Callejas, por su parte, aclaró que las reformas electorales orientadas a crear la circunscripción especial para los salvadoreños en el exterior no implican un aumento en el número de diputados de la Asamblea Legislativa.
“El objetivo de esta reforma es la redistribución de estos escaños sin alterar el número total de legisladores. No se va a incrementar quedamos en 60 diputados propietarios y suplentes”, sostuvo.
Contenido de las reformas
Uno de los cambios principales al Código Electoral es la creación de seis diputaciones propietarias y sus respectivos suplentes para la nueva circunscripción en el extranjero. Estas curules surgirán de una redistribución de escaños de los departamentos con mayor población. Como resultado, San Salvador pasará de 16 a 11 diputados y La Libertad de siete a seis representantes.
La Asamblea Legislativa continuará integrada por 60 diputados propietarios y el mismo número de suplentes. Además, la asignación de escaños se realizará mediante el método D’Hondt, mecanismo que distribuye diputaciones según la cantidad de votos obtenidos por partidos políticos o candidatos no partidarios en cada circunscripción.
Voto de diáspora se asignará de acuerdo a su domicilio
Para que los connacionales ejerzan el sufragio, no será necesaria la validez del Documento Único de Identidad (DUI) ni del pasaporte, ambas identificaciones serán las autorizadas para ejecutar dicho proceso. Tampoco importará si son emitidos dentro o fuera del territorio nacional.
Sobre la asignación de los votos de la diáspora se estableció que en la elección de presidente y vicepresidente de la República los votos se adjudicarán a la circunscripción nacional.
Mientras que, para la elección de diputados del Órgano Legislativo, los residentes en el exterior que tengan en su DUI el domicilio del país donde habitan asignarán su voto a la circunscripción en el extranjero. Lo mismo ocurrirá si utilizan el pasaporte como identificativo.
Por otro lado, si los miembros de la diáspora tienen en su DUI la dirección de alguna zona de El Salvador, entonces su voto será asignado al domicilio contenido en dicho documento.
Finalmente, para dar paso a que los salvadoreños domiciliados en el extranjero se postulen a cargos de elección popular, los parlamentarios aprobaron la reforma al inciso 1° del artículo 5 de la ley.
Ante esto, los connacionales podrán aspirar a los cargos de presidente, vicepresidente, diputados y de miembros a concejos municipales, siempre que cumplan con todos los requisitos que establecen las leyes electorales.
Modificaciones a la Ley de Partidos Políticos
Las reformas también incluyen reformas a la Ley de Partidos Políticos para incorporar oficialmente la circunscripción en el extranjero dentro de la estructura partidaria. Con ello, los afiliados residentes fuera del país podrán participar en elecciones internas para candidaturas presidenciales y legislativas vinculadas a la diáspora.
Además, la normativa mantendrá el requisito de que las planillas legislativas incluyan al menos un 30 % de participación femenina, criterio que también aplicará para las candidaturas de representación en el exterior.